APROBADO EL INGRESO MÍNIMO VITAL

APROBADO EL INGRESO MÍNIMO VITAL

El día 29 se ha aprobado el ingreso mínimo vital. Todos estábamos expectantes para ver cuales son los condicionantes y la regulación que se hacía.

Ya desde el 15 de junio se puede solicitar en la oficina virtual de la seguridad social.

REQUISITOS
  • Tener residencia legal y efectiva en España. Y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Podrá solicitarla personas mayores de 23 años y menores de 65 años. (No se exigirá el cumplimiento de los requisitos de edad,  en los supuestos de mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual)
  • Haber vivido al menos tres años de forma independiente.
  • Estar inscrito/a como demandantes de empleo, si se encuentra en desempleo.
  • Haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que pudieran tener derecho, en los términos que se fijen reglamentariamente. Quedan exceptuados los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
  • Ser persona vulnerable. (Los ingresos mensuales de la unidad familiar que opta a la prestación deben ser inferiores a la cuantía de ayuda que le correspondería y no tener una vivienda en propiedad valorada en más de 100.000 euros).

Para la solicitud del ingreso vital mínimo no computarán como ingresos los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

 Así, una persona podrá acceder a esta ayuda si tiene un ingreso por debajo de los 200 euros; pero también podrá hacerlo en función de la renta del hogar siempre y cuando la media de ingresos de cada individuo está por debajo de los 450 euros.

  • Las rentas deben oscilar como  entre los 5.538 y los 12.184 euros. Para dicho cálculo, la Seguridad Social tendrá en cuenta los ingresos que anualmente percibe la persona que lo solicita y si esta tiene algún patrimonio, excluyendo la vivienda habitual y restando las deudas pendientes de pago.
COMPATIBILIDAD
  • La ayuda será compatible con otras prestaciones autonómicasbecas de estudios o ayudas para la vivienda.
  • Estar trabajando no impedirá recibir el ingreso mínimo vital.
INCOMPATIBILIDAD
  • Será incompatible con la percepción de la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por ciento.
DURACIÓN

Esta renta mínima tiene un duración indefinida.

Las familias recibirán este ingreso mínimo vital durante el tiempo que exista esa situación de vulnerabilidad económica y se mantengan los requisitos que originaron el derecho a su percepción.

Recuerda que también hay posibilidad de percibir algunas ayudas puntuales en el Ayuntamiento de Ubrique, tal y como explicamos en otros posts.

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