El Ministerio público recurre el auto de la juez que finalizó la instrucción "por no precisar hechos punibles" contra Lara, su tío y ex alcalde y otras ediles · Sí aprecia delitos en el ex arquitecto y promotores de la obra
Cauce desviado del río Guadalete en Grazalema.
La Fiscalía acaba de recurrir el auto de la juez de Ubrique que declaró finalizada la instrucción del caso que destaparon las obras del desvío del cauce del río Guadalete en Grazalema, cinco años después de su apertura, y en el que imputó a la alcaldesa de la localidad, María José Lara Mateos (PSOE), a su tío, el ex regidor Antonio Mateos, a otras dos ediles, al ex arquitecto municipal Juan Prieto y a los promotores y contratista de dichas obras. En el recurso, que firma la fiscal de Medio Ambiente Patricia Navarro, el Ministerio público dice "no estar conforme con el relato de hechos" de la juez, para a renglón seguido, decir que no se precisan en dicho auto "hechos punibles" para poder imputar a ninguno de los políticos.
De modo textual, la fiscal señala que "no resultan precisados cuáles son los hechos que se atribuyen a cada uno de los imputados. Lo cierto es que ni siquiera se indican hechos punibles respecto de algunos de los imputados en la causa como es el caso de Antonio Mateos, María José Lara Mateos, Francisca Calle y Ana María Ramírez (concejalas en el momento de producirse la ilegal actuación)".
Tampoco Patricia Navarro aprecia en el auto hechos punibles contra otros dos de los imputados, Antonio del Canto, arquitecto de Ubrique, y José Antonio Martínez, ingeniero industrial de esta misma localidad.
En el caso de este último, el Ministerio público solicita que se acuerde el sobreseimiento provisional al entender que "ningún comportamiento delictivo puede imputársele nada más que el hecho de solicitud de comisiones por parte de Prieto, negando desde un primer momento satisfacerlas". Además, la fiscal incide que no le ha sido tomada declaración como imputado, sino únicamente como testigo.
Navarro sí considera que hay indicios de delito contra los restantes imputados, el ex arquitecto, el contratista de la obra del río, Cristóbal David Barrera, y los promotores, los representantes de Inmocentral Raúl Gascón y Rafael Torres, aunque en el caso de los cuatro recoge hechos previsiblemente acreditados, no el auto de la juez, sino en el curso de las diligencias.
De este modo, señala que indiciariamente puede quedar acreditado el cobro de comisiones por parte de Prieto, "quien se aprovechaba de su condición de arquitecto técnico municipal, tanto para permitir la obtención de licencias de obra (que habrían concedido, empero, Mateos primero y su sobrina después) que reunieran las condiciones legal y técnicamente exigibles como para permitir la obtención de licencias silenciando las posibles irregularidades i… Presuntamente ha cometido cohecho". El Ministerio público ve también un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios y delito contra la ordenación del territorio en el proceder del ex arquitecto en las obras del desvío del río, la segunda promoción de Inmocentral en la plaza de la Asamblea, en la que fue concedida licencia "a sabiendas de que se iba a provocar el desvío y que se iba a ocupar la zona de servidumbre". En estos trabajos, Prieto, según la fiscal, realizó una tarea de supervisión y asesoramiento que, de conformidad con la Ley, puede resultar incompatible.
Paradójicamente, aunque al principio de su escrito la fiscal dice no ver indicios de delito contra Del Canto Bohórquez, después recoge que parece acreditado que este arquitecto "tuvo contratado en su estudio a Prieto y que le retribuyó comisiones por trabajos no realizados" para acelerar y facilitar la obtención de licencia en sus proyectos en la localidad.
Y curiosamente también, aunque en el auto de la juez de abril que dio por finalizada la instrucción sólo s e decía que los promotores, los administradores de Inmocentral conocían las irregularidades del río, la fiscal explica que ambos "retribuyeron en cuantía no determinada" a Prieto con objeto de que permitiera la viabilidad de los proyectos que pretendían ejecutar pese a su ilegalidad. Este, según Navarro, fue el motivo por el que el constructor Barrera "satisfizo en especie" a prieto, ejecutando obras en su vivienda.
Por último, la fiscal dice que no se han practicado diligencias esenciales acordadas (como el cotejo de las transcripciones de las escuchas telefónicas con los CD.s aportados por la Guardia Civil), y reclama una nueva diligencia: información registral de las empresas del contratista, por si en una aparece el hijo de Barrera, para que sea citado como imputado por delito contra la ordenación del territorio.
El recurso del Ministerio fiscal ha sido recurrido por Ecologistas en Acción, personado como acusación y artífice de las denuncias que depararon el caso del desvío del río. "Se niegan, rechazan y contradicen todas y cada una de las manifestaciones vertidas por el ministerio fiscal en su recurso por carecer de toda base", arranca el escrito interpuesto por el colectivo para impugnar el recurso de la fiscal.
Consideran además los conservacionistas que las manifestaciones de la fiscal "incurren en una total discordancia con la realidad plasmadas en la denuncia que inició el procedimiento, con la extensísima documentación y con las numerosas pruebas practicadas por la juez.
Y van más allá al señalar que las alegaciones de Navarro "contienen de forma solapada una valoración de las pruebas practicadas", tarea que, recuerdan, corresponde a la juez en primer lugar.
A su juicio, "no procede ni el archivo ni el sobreseimiento libre"